NUEVO REGIMEN DE GRADUALIDAD
Empresarial | Martes 14 Ene.
- Definición:
Esta norma Incentiva el cumplimiento voluntario para que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias, en caso de no haber presentado la Declaración Jurada dentro de la fecha de vencimiento.
Se establecen mayores rebajas para los deudores tributarios cuyos ingresos netos no superen las diecinueve (19) Unidades Impositivas Tributarias (UIT)* en el ejercicio anterior al que corresponde la declaración por la que se incurre en la referida infracción.
- ¿A quiénes alcanza este nuevo Régimen de Gradualidad?
Comprende a los contribuyentes que pertenecen a los siguientes regímenes:
- Régimen General,
- Régimen Especial
- Régimen MYPE Tributario con ingresos netos de hasta 19 UIT en el ejercicio anterior.
- ¿A qué infracción se aplica esta gradualidad?
A la no presentación de la declaración que contenga la determinación de la obligación tributaria dentro de los plazos establecidos (numeral 1 del artículo 176 de las Tablas I y II de Infracciones y Sanciones del Código Tributario).
- ¿Cómo se calculan los ingresos netos?
Se considera como ingresos netos al mayor valor que resulte de comparar:
- La suma de los montos consignados en las casillas 100 (ventas netas gravadas), 105 (ventas no gravadas), 112 (otras ventas), 127 (exportaciones embarcadas en el período) y 160 (ventas Ley N.° 27037 incisos 11.1, 12.1, 12.3 y 12.4), menos los montos consignados en las casillas 102 (descuentos concedidos y devolución de ventas), 126 (descuentos concedidos y/o devoluciones de ventas asumidas por el Estado) y 162 (descuentos y devoluciones Ley N.° 27037) de los formularios Declara Fácil 621 IGV – Renta Mensual o, de ser el caso, de los PDT N.° 621 IGV - Renta mensual.
- La suma de los montos consignados en la casilla 301 (Ingresos Netos) de los formularios Declara Fácil 621 IGV - Renta Mensual o, de ser el caso, de los PDT N.° 621 IGV – Renta mensual.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
SUNAT (2025). Nuevo régimen de gradualidad. Obtenido de https://www.gob.pe/institucion/sunat/informes-publicaciones/6369903-regimen-de-gradualidad-aplicable-a-la-multa-por-no-presentar-las-declaraciones-en-la-fecha-de-vencimiento-articulo-176-numeral-1-del-codigo-tributario